Según lo establecido en el artículo 12.2 de la Normativa de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Burgos, aprobada en sesión del Consejo de Gobierno de 5 de junio de 2014 (BOCyL de 18 de junio de 2014) se considera Formación Externa aquella que, estando programada o no en el Plan de Formación, no está organizada y gestionada por la propia Universidad.
Requisitos:
- El contenido de la acción formativa ha de guardar relación directa con el área de trabajo a la que pertenece el puesto que desempeña el empleado solicitante o completar su formación o especialización
- El interesado/el empleado solicitará la asistencia cumplimentado el modelo habilitado al efecto.
- La solicitud deberá contar con el visto bueno y acompañarse del Informe correspondiente del superior jerárquico, y se remitirá al negociado de cursos de formación (IFIE) con una antelación mínima de quince días a la finalización del plazo de inscripción.
- Es necesario adjuntar el díptico u otra información publicada del evento formativo (información en web, etc).
A tener en cuenta:
- Podrán concederse un máximo de dos permisos de formación externa por empleado al año.
- Si así se solicita, el empleado se comprometerá a colaborar en la difusión de formación recibida, dentro de la Universidad.
- El interesado está obligado a enviar al Negociado de Cursos de Formación (IFIE- Fac. CC. Económicas) copia autenticada del certificado de asistencia en el plazo de 45 días, con el fin de que se incluya la información en su expediente personal (artículo 30. 2)
- De acuerdo en lo dispuesto en el art. 33.3, en la asistencia a acciones formativas de carácter voluntario, genérico y aquellas de formación específica que no sean obligatorias, el Gerente, Jefe de Servicio o Responsable de unidad correspondiente, podrá exigir la recuperación de las horas que dure la acción formativa.
- En caso de tratarse de formación on-line o semipresencial, el Superior Jerarquico podrá limitar el horario de realización.
Procedimiento:
- En primer lugar lo firmará el/la solicitante
- En segundo lugar el superior completará el informe, que deberá firmar
- En tercer lugar se remitirá al IFIE para su gestión y autorización por la Gerencia
Ficheros adjuntos:
Última actualización: 14 de Febrero de 2025