Destinatarios
El incremento de peticiones de estudiantes, tanto españoles como extranjeros, que desean cursar las enseñanzas en alguna de las materias impartidas en esta Universidad aconseja establecer un marco normativo que contemple dicha posibilidad y regule los cauces de matriculación y modo de acreditación de estos estudios. Normativa sobre alumnos visitantes.
Para poder cursar estos estudios, los alumnos deberán acreditar haber estado o estar matriculados en alguna Universidad Extranjera o Española.
Derechos
El alumno tendrá derecho a:
- Asistir a clase y a realizar los exámenes correspondientes a las asignaturas en las que esté matriculado.
- En el caso de superar las mencionadas asignaturas, podrá obtener un certificado oficial acreditativo, expedido por la Universidad de Burgos.
- Tener el carné de estudiante que le posibilite el acceso a las Bibliotecas de la Universidad.
Los estudios realizados mediante este procedimiento no permitirán la obtención de un título oficial en la Universidad de Burgos.
Solicitudes
El estudiante solicitará la admisión a la secretaría del centro donde se impartan la mayoría de las asignaturas elegidas, mediante Solicitud de admisión para alumnos visitantes (95.99 KB) dirigida al Decano o Director.
Precios de matrícula
El precio que se devengará por la matrícula de estos estudios será el que correspondiera por crédito en cada momento, según la normativa aplicable.
Alumnos visitantes extranjeros
En el caso de Universidades extranjeras se pedirá informe al Servicio de Relaciones Internacionales y de la resolución tomada en cada caso se enviará comunicación a dicho Servicio. Visitantes extranjeros.