El aparto séptimo de la disposición transitoria quinta de la La Ley Orgánica 2/2023 de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece la medida de adaptación del profesorado del profesor colaborador fijo al profesor permanente laboral
Este procedimiento se realizará de la siguiente forma:
- El procedimiento se iniciará mediante la presentación de una petición personalizada del interesado dirigida al Rector. Dicha petición deberá cursarse a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos https://sede.ubu.es/ .A la misma se le adjuntará el título de Doctor, en el caso de que no obre ya en su Expediente personal, así como copia del Certificado de Evaluación Positiva como Profesor Permanente Laboral expedido por la ANECA, la ACSUCYL o por otras Agencias con las que la de Castilla y León tenga suscrito el correspondiente Convenio.
- Recibida la petición, el Vicerrectorado de Docencia y Profesorado emitirá un informe al Departamento al que pertenezca el profesor, al Centro al que está adscrito la plaza de procedencia, y al Comité de empresa del PDI laboral, a los efectos de completar el expediente.
- El proceso finalizará con el dictado de la correspondiente Resolución Rectoral para la contratación como Permanente Laboral.
-La duración máxima del proceso será de treinta días naturales desde la recepción de la instancia y documentación completa.
-El interesado dispondrá de quince días, desde la fecha de dictado de la Resolución, para formalizar y suscribir el correspondiente contrato laboral . Del resultado del proceso de acceso quedará constancia en la correspondiente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador.
- Los efectos administrativos y económicos del acceso a la nueva categoría laboral se computarán desde la fecha de certificación de la acreditación por el Consejo de Coordinación Universitaria.
- Sobre los procesos de acceso y el dictado de las correspondientes Resoluciones será informado el Consejo de Gobierno.
- Quienes estén contratados como profesores y profesoras Colaboradore podrán continuar en el desempeño de sus funciones docentes e investigadoras.